30 de septiembre, 2005
Un nuevo revés tuvo el ministerio público luego que el recurso de queja presentado en contra de la sentencia que absolvió a los 6 imputados mapuche en el juicio sobre asociación ilícita terrorista fuera declarado inadmisible por la Corte de apelaciones de Temuco.
La Corte de apelaciones de Temuco declaró inadmisible el recurso de queja presentado por el Ministerio público contra la sentencia que absolvió a los seis imputados Mapuche acusados de Asociación ilícita terrorista el pasado 27 de julio del presente.
La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco integrada por los Jueces Archibaldo Loyola, Julio César Grandón y el Abogado integrante, Fernando Mellado, por unanimidad declaró inadmisible los recursos de queja presentados por el Ministerio Público y el abogado querellante Rolando Franco, representante de Agrícola Curaco S.A..
Para el abogado particular de uno de los imputados y ex defensor público, Jaime Madariaga, señaló conocida la medida “Creo que se está demostrando no solo a nivel de la opinión pública sino de los tribunales de justicia el gran error en que se encontraba el Ministerio público al abusar del tipo delictivo de asociación ilícita como sucedarió procesal al no haber podido concluir exitosamente investigaciones en que las víctimas eran agricultores o forestales”.
Por su parte, el experto internacional en Derechos indígenas de la Universidad Arizona en Estados Unidos y ex integrante de la misión de la Federación internacional de Derechos Humanos en el juicio sobre asociación ilícita terrorista, en nueva visita a Chile, manifestó al enterarse de esta noticia “Creo que es un gesto importante por parte de las autoridades judiciales chilenas que apuntala el fallo absolutorio en el juicio sobre asociación ilícita terrorista , un fallo que reafirma la opinión de las organizaciones internacionales de Derechos Humanos en relación con la aplicación indebida de la legislación antiterrorista para la represión de actos de protesta social relacionada con las demandas mapuche sobre sus tierras afectadas. Creo que hay que felicitar al tribunal oral penal de Temuco por contribuir a la defensa del debido proceso en Chile”, señaló el abogado de origen español.
Cabe mencionar, que la decisión de la Corte de apelaciones de Temuco, viene a confirmar la resolución del tribunal penal de Temuco que por segunda vez se pronuncia sobre la eventual responsabilidad de imputados mapuche por asociación ilícita terrorista, la mayoría vinculados a la Coordinadora Arauco Malleco, CAM, , luego que en noviembre pasado la Corte Suprema anulara el primer dictamen que también había absuelto a los imputados.
En aquella oportunidad, el tribunal reconoció la existencia de la CAM y de los delitos cometidos en la Novena Región entre 2001 y 2002, pero desconoce que hubo un grupo que operó al amparo de ese organismo para cometer esos ilícitos denunciados por el Ministerio Público.
Entre los beneficiados con la decisión del tribunal se encuentran los lonkos Pascual Pichún y Aniceto Norín, quienes cumplen una condena de cinco años y un día de presidio por el delito de amenazas terroristas.
También fueron absueltos Patricia Troncoso, llamada también la "Chepa" y José Llanca Ailla, Jorge Huaiquin Antinao y Marcelo Quintreleo Contreras.
Otras diez personas que estaban siendo requeridas por el Ministerio Público no se presentaron al juicio, por lo que fueron declarados en situación de rebeldía.
A pesar que se viene a confirmar la absolución de los imputados, la mayoría de ellos deberán permanecer en prisión ya que son perseguidos o condenados por otros juicios en el marco de los denominados “conflictos territoriales”.
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